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EVALUACIÓN

Proceso de Evaluación

 

La evaluación del aprendizaje del alumnado que cursa ciclos formativos se realizará por módulos profesionales, tomando como referencia los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación de cada uno de los módulos profesionales, así como los objetivos generales del ciclo formativo.

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Se denominan sesiones de evaluación a las reuniones del equipo docente, como conjunto del profesorado que imparte docencia al mismo grupo, organizadas y presididas por el tutor o la tutora, celebradas con objeto de contrastar las informaciones proporcionadas por el profesorado de los distintos módulos profesionales y valorar el progreso del alumnado en la obtención de los objetivos generales del ciclo formativo y de los objetivos específicos de los módulos profesionales que lo conforman.

Carácter de las

Sesiones de Evaluación

 

Las sesiones de evaluación de los ciclos formativos podrán ser iniciales, parciales, finales de módulos profesionales o finales de ciclo formativo:

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Una evaluación inicial es aquella que tiene por objeto conocer las características y la formación previa de cada alumno y alumna, así como sus capacidades y en la que el tutor o la tutora del grupo informa al equipo docente sobre las características generales del alumnado y sobre las circunstancias específicas académicas y, en su caso, personales que incidan en el proceso de aprendizaje del alumnado del grupo. La evaluación inicial no comportará, en ningún caso, la emisión de calificaciones de los módulos profesionales.


Una evaluación parcial es aquella en las que se evalúa el progreso del alumnado en la consecución de los objetivos generales del ciclo formativo y de los objetivos específicos de los módulos profesionales que lo conforman. En estas evaluaciones se emitirán calificaciones parciales (trimestres) de los módulos profesionales, que serán tenidas en cuenta en la calificación final del módulo respectivo, conforme a los criterios que establezca la programación docente.

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Una evaluación final de módulos profesionales es aquella en la que se evalúa y califica uno o más módulos con carácter final al término de su carga lectiva, cuya superación le permite cumplir los requisitos de promoción de curso o de acceso al período de realización del módulo profesional de Formación en centros de trabajo y, en su caso,de Proyectos. 

 

Una evaluación final de ciclo formativo es aquella en la que se evalúa y califica uno o más módulos profesionales con carácter final, cuya superación implica que el alumnado sujeto a esta evaluación ha concluido los estudios y cumple los requisitos para la obtención del título correspondiente.


Tipos de sesiones de evaluación final.

 

Las sesiones de evaluación de carácter final podrán ser ordinarias o extraordinarias:
 

  • Evaluación ordinaria, aquella que se realiza dentro del desarrollo ordinario de un curso académico, en el período comprendido entre el inicio de curso y su finalización al término del tercer trimestre, en su caso, teniendo en cuenta el orden de los dos cursos en que se organiza un ciclo formativo.

    • Junio para módulos de 1º curso.

    • Marzo para módulos de 2º curso.
       

  • Evaluación extraordinaria es aquella que se realiza con posterioridad al desarrollo de las actividades de los módulos profesionales, y en todo caso con posterioridad a una evaluación ordinaria del mismo carácter, aunque sea en un año académico posterior.

    • Septiembre para módulos de 1º curso.

    • Junio para módulos de 2º curso. 

Preguntas Frecuentes

 

¿Cuántas convocatorias tengo en un curso académico?

En un curso académico se pueden “gastar” dos convocatorias, la ordinaria y la extraordinaria.

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¿Cuántas convocatorias tengo en total?

Cada módulo profesional, incluido el módulo de Proyecto, podrá ser objeto de evaluación y calificación final en cuatro ocasiones, correspondientes a cuatro convocatorias, excepto el de Formación en centros de trabajo que lo será en dos. 

 

No obstante, si se da el caso, tras agotarlas, puede solicitarse a la Consejería de Educación una convocatoria de gracia.

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¿Quién puede solicitar una convocatoria extraordinaria de gracia?

Con carácter excepcional, quienes hayan agotado las cuatro convocatorias referidas anteriormente por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios, podrá solicitar una convocatoria extraordinaria de gracia.

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La convocatoria extraordinaria de gracia se deberá solicitar con carácter previo a la matriculación del módulo o de los módulos correspondientes. Las solicitudes de convocatoria extraordinaria de gracia se presentarán en el centro docente en el que se encuentre el expediente académico del alumno o de la alumna solicitante, se dirigirá a la Consejería de Educación.

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La concesión de la convocatoria extraordinaria de gracia permitirá al alumno o a la alumna cursar el módulo o módulos profesionales para los que haya sido concedida, previa matriculación, en las mismas condiciones que en las convocatorias previamente agotadas. La matrícula correspondiente de los módulos profesionales para los que se haya concedido una convocatoria extraordinaria se realizará, por una sola vez, en el año académico que desee el alumno o la alumna, dentro de los plazos y condiciones de matrícula.

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¿Se puede renunciar a una convocatoria para no “gastarla”?

Por supuesto, basta con solicitarlo en la secretaría del centro, con un mes como mínimo de antelación, antes de la fecha de la convocatoria en cuestión.

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Con el fin de no agotar las convocatorias previstas, el alumno o la alumna podrá solicitar la renuncia a cada una de las convocatorias establecidas para todos o para algunos módulos profesionales matriculados. Asimismo, podrán solicitar la renuncia a la matrícula efectuada en el correspondiente año académico. 

 

La renuncia a la convocatoria de un módulo profesional supone la pérdida de la evaluación y calificación final de dicho módulo por el alumno o la alumna solicitante, sin que ello signifique la renuncia a recibir docencia.

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¿Cuántas veces puedo matricularme de un módulo?

Un máximo de tres veces.

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¿Se puede renunciar a la matrícula para no “gastarla”?

Por supuesto, basta con solicitarlo presencialmente en la secretaría del centro con un mes como mínimo de antelación, antes de la fecha de la convocatoria ordinaria.

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La renuncia a la matrícula supone la pérdida de la condición de alumno o alumna en el ciclo formativo correspondiente al año académico en que conste matriculado o matriculada y, por tanto, no recibirá docencia ni será objeto de evaluación y calificación.

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